viernes, 3 de abril de 2015

Fotomultas: Modelo de Carta Documento


Hola Comunidad!

Ante todo, revisen este link para identificar si el radar con el que le labraron la infracción es legítimo. Cotejar Equipo, Marca, Modelo, N° Serie, Vigencia y Disposición Autorizante (DNCI) con los provistos por el siguiente PDF: http://www.inti.gob.ar/metrologia/pdf/cinemometros.pdf

De no estar en vigencia el radar, la carta suma un argumento absolutamente concluyente, en caso de querer de todos modos realizarla (En marzo de 2015, aproximadamente $149 la Carta Documento y unos $ 130 la Certificada con Aviso de Retorno)

Consultando un post publicado aquí en 2011, decidí redactar un descargo por un multa de exceso de velocidad en una localidad de la Provincia de Santa Fe, ajustando más la carta a la realidad de mi provincia, sumándole y coordinando aspectos que me parecieron acertado de los modelos provistos por Defensa del Consumidor, Vialidad Nacional y las sugerencia de un abogado amigo.

Pueden visitar la siguiente página de Vialidad para más opciones y virutas legales que conciernen a modelos para otras provincias: http://www.vialidad.gov.ar/multas/multasfotograficas.php

Para revisar más sobre normativas viales: http://www.inti.gob.ar/metrologia/pdf/753.pdf

Modificando alguna referencia a ley provincial santafesina y a la defensa del consumidor, puede ajustarse la carta que hice a cualquier distrito, en la medida que no haya sido  detenido en el lugar por algún funcionario autorizado (agente policial o de la gendarmería)

Fotomultas: Modelo de Carta Documento

Primero, un link  donde pueden tomar una plantilla (opción "Modelo Carta Documento Oficio) para imprimir directamente sobre la carta documento que le provee el correo argentino -alguna prueba, sin embargo, no estaría mal; en mi caso puntual utilice el cuerpo de la carta y no los datos de remitente, destinatario, etc.). Hallarán el enlace "mediafire" (lo copian y pegan en la barra de direcciones del navegador) dentro de esta página: http://www.portaldeabogados.com.ar/foros/viewtopic.php?p=537172&mobile=on

En caso de elegir Certificada con Aviso de Retorno, un posible encabezado sería (en negrita centrado arriba): "CARTA CERTIFICADA CON AVISO DE RETORNO PLEGADA SIN SOBRE CON COPIA EN PODER DEL REMITENTE VÃ?LIDA PARA JUICIO. RECURSO DE APELACIÃ?N Y NULIDAD". De optar por esta modalidad el tamaño de la fuente no influiría,  ya que no existen límites como en la Carta Documento.

Aquí va el modelo ajustado a una Carta Documento, recuerden dejar una sangría de unos 2,2 cm a la izquierda y derecha que constituye el rectángulo donde va el texto  y utilizar una fuente tipo ARIAL 6,5:


Ref. IMPUGNA ACTA CONTRAVENCIONAL N° ........ (Aquí va el Número del ACTA)

De mi mayor consideración:
Quien suscribe, â?¦â?¦. (SU APELLIDO Y NOMBRE), DNI N°â?¦â?¦â?¦.., por derecho propio, con domicilio legal en calle â?¦â?¦..(SU DIRECCIÃ?N) de la localidad de â?¦â?¦â?¦.., Provincia deâ?¦â?¦â?¦.., se dirige a Ud. por la presente a los efectos de formular descargo en legal tiempo y forma respecto del Acta de Infracción No. â?¦â?¦â?¦â?¦. (FIJENSE BIEN, NO VAYAN A ERRARLE).
Me presentó ante la JUSTICIA DE FALTAS DE LA â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦.(COMUNA O MUNICIPIO Y EL NOMBRE CORRESPONDIENTE) , en mi carácter de titular del vehículo marca â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦., ejerciendo mi derecho de defensa garantizado por la Constitución Nacional, con el objeto de recurrir las presuntas actas de infracción detalladas, por la â??supuestaâ?? infracción exceso de velocidad.
En primer lugar, y como cuestión previa, exijo se remitan las actuaciones al Juzgado de Faltas correspondiente al domicilio del presunto infractor, que en este acto constituyo en calle â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦â?¦ (DOMICILIO DEL JUZGADO DE LA LOCALIDAD DONDE UD. RESIDEN) de la ciudad deâ?¦â?¦â?¦, provincia deâ?¦â?¦â?¦., todo ello conforme al art. 69 inc. h) y 71 de la ley 24.449, siendo ello conforme a mi derecho de defensa, garantizado por la Constitución Nacional y por expresa disposición de la ley 24.449 que establece en su art. 69 â??El procedimiento para aplicar esta ley es el que establece en cada jurisdicción la autoridad competente. El mismo debe: a) Asegurar el pertinente proceso adjetivo y el derecho de defensa del presunto infractorâ??.
Se me imputa una supuesta infracción en virtud de un acta que no respeta los requisitos establecidos por la ley Nacional de tránsito Nº24.449 y la ley Provincial adherente Nº11.583. (OJO, CAMBIEN POR LA CORRESPONDIENTE A CADA PROVINCIA)
Es necesario tener en cuenta que el acta de comprobación es un acto administrativo y como tal debe necesariamente reunir una serie de requisitos, entre ellos, emanar de un funcionario administrativo competente, respetando las formalidades impuestas por la ley (En este sentido, Hugo Luis Domingo, Profesor de Derecho Administrativo, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales del Rosario de la UCA, Dictámenes elaborados para la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe). (OJO, PUEDEN SUPRIMIR LO QUE ESTÃ? DENTRO DEL PARÃ?NTESIS O CAMBIEN POR LA CORRESPONDIENTE A CADA PROVINCIA)
Es dable recordar aquí que la ley 24.449 establece en su artículo 70 que es deber de las autoridades observar en materia de comprobación de faltas las siguientes reglas, entre las cuales se enumera que deben â??identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia inmediata a la que perteneceâ?? y â??utilizar el formulario de acta reglamentario, entregando copia al presunto infractor, salvo que no se identificare o se diere a la fuga, circunstancia que se hará constar en ella. Es necesario manifestar que dicha circunstancia no se dio en el caso, que mi persona en ningún momento desconoce la ley, no se fuga de su cumplimiento, y por eso está realizando este descargo, en efecto el acta realizada es un ardid y no es suficiente como para pretender el cobro de la multa en cuestión.
El requisito mencionado en el párrafo anterior se vincula directamente a uno de los elementos esenciales del acto administrativo mencionados más arriba, la competencia; y a su vez con una exigencia formal ineludible de todo acto administrativo, la firma del funcionario público interviniente. Quien es competente para realizar la constatación, es el funcionario administrativo al que se refiere el art. 70 de la ley 24.449. Al no haber existido dicho funcionario en el lugar y aunque cualquier persona bajo cualquier título haya firmado el acta, la misma es nula de nulidad absoluta. (En este sentido, Adriana Taller, Profesora Titular de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la U.N.R. y Norberto Q. Martínez Delfa, Director del Centro de Estudios de Administración Local, Facultad de Derecho de la U.N.R, Dictámenes elaborados para la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe). (OJO, PUEDEN SUPRIMIR LO QUE ESTÃ? DENTRO DEL PARÃ?NTESIS O CAMBIEN POR LA CORRESPONDIENTE A CADA PROVINCIA)
Por lo antes expuesto, surge que la Autoridad Municipal/Comunal no ha demostrado la autoría de la supuesta contravención, sólo se limitó a acreditar con Constancia de Titularidad de Vehículo ante DNRP que el vehículo dominio â?¦â?¦.. (SU PATENTE) pertenece a â?¦â?¦ (TITULAR DEL VEHÃ?CULO), presumiendo que el mismo conducía el vehículo al momento de cometerse la supuesta infracción, desnaturalizando de esta forma el principio de culpabilidad y del in dubio pro reo, en franca oposición con los principios elementales del derecho penal.
Resulta de dudable constitucionalidad el uso de radar fotográfico, además de que el presunto cinemómetro (TIPO RADAR) ya es sabido no mide con precisión, utilizado en forma furtiva y cuya utilidad debería residir en su función preventiva y educativa. En tal sentido se viola expresamente el art. 70 inc. 3 de la ley 24.449 cuando ordena que la autoridad de aplicación debe identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia a la que pertenece. El espíritu de la ley es asegurar la vigencia del debido proceso adjetivo (art. 69 a) ley 24.449 y el derecho de defensa constitucionalmente reconocido (art. 18 CN), situación que no se alcanza a cumplimentar con una intimación a efectuar el pago de una multa, desconociendo la Autoridad de la que emana el Acta de Infracción y el presupuesto fáctico que rodea el hecho.
Lo expuesto es sin duda configurativo de una situación de abuso de autoridad con fines únicamente recaudatorios, y por ello se requiere declarar la nulidad absoluta e insanable de las presuntas actas de infracción.
Por otra parte la normativa vigente establece que a la primera infracción sancionada, cuando el exceso de velocidad no supere los 90 km/h, corresponderá sólo apercibimiento.
Impugno en este mismo acto la existencia de presunta presencia de funcionario público en la constatación de la infracción. Dejo planteado mi derecho de iniciar acciones penales por abuso de autoridad y civil por las consecuencias al verificarse un claro abuso de autoridad tipificado por el Código Penal, ello pues nadie por ostentar un cargo el que debería merecer el ejercicio ecuánime de una función pueda utilizar el mismo con el sólo beneficio de recaudar.
Por todo lo expuesto solicito se dejen sin efecto el acta de infracción labrada por encontrarse viciado de nulidad el procedimiento llevado a cabo, bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales civiles y penales.
Para el supuesto caso de que se continúe con el trámite de la presente, reiteró mi solicitud, en fiel ejercicio de los derechos consagrados por los artículos constitucionales arriba citados, y en razón de estar domiciliado a más de 60 kilómetros de asiento del Juzgado correspondiente a la jurisdicción en la cual se cometió la supuesta infracción, remita las actuaciones al Juzgado de Faltas Municipal deâ?¦â?¦. (SU LOCALIDAD), Provincia de â?¦â?¦â?¦..., domicilio ya mencionado, a fin de que el mismo continúe con la tramitación del expediente de marras, bajo apercibimiento de solicitar la nulidad de todo lo actuado.-
Saludo a Ud. Atte.


Pueden además agregar, en caso de disponer de más espacio (Carta Certificada) o achicar la fuente, que "COPIA DE LA PRESENTE ES ADEMÃ?S ENFADADA AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÃ?N Y A LA DEFENSORÃ?A DE LA PROVINCIA DE ............" (Aquí agregan la provincia a la cual pertenece la localidad donde tuvo lugar la presunta infracción)

Espero le sea a alguien de utilidad.

No hay comentarios:

Publicar un comentario